Incapacidad Permanente ¿Qué es la Reclamación Previa?

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Modelo de Reclamación Previa ante el INSS. Incapacidad Permanente
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La RECLAMACION PREVIA ante el INSS en procesos de INCAPACIDAD PERMANENTE O INVALIDEZ.

 

La reclamación previa es un recurso o escrito que se presenta ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social – INSS, por el cual impugnamos una resolución de este organismo por la que nos deniega una incapacidad permanente.

 

Se trata de un requisito previo necesario que debemos cumplir antes de presentar una demanda judicial, por tanto, tiene como objetivo intentar evitar la vía judicial.

 

Vamos a explicar las distintas fases de una incapacidad permanente, la cual puede ser instada por propuesta de invalidez o bien solicitada por el trabajador:

 

Una vez que hemos acudido al tribunal médico en nuestro proceso de solicitud de incapacidad permanente, en el plazo de un mes, aproximadamente, nos llega una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social – INSS. Si esta resolución es desfavorable o denegatoria de nuestra incapacidad permanente tenemos un plazo de 30 días hábiles para presentar esta reclamación previa e impugnar esta resolución. 

 

No es necesario abogado para la presentación de esta reclamación previa, cualquier ciudadano puede presentar por sí mismo el escrito de reclamación previa ante la Dirección Provincial del INSS que corresponda, ahora bien, como siempre intentamos aconsejarles, creemos que es importante contar con la ayuda y asesoramiento de un abogado laboralista para redactar el escrito de reclamación previa con la mayor garantía posible. 

 

En cuanto a la documentación que debemos adjuntar a este escrito de reclamación previa, sería la resolución contra la cual se está presentando esa reclamación y los informes médicos más actuales, es decir, que sean posteriores a la visita al tribunal médico. Por tanto, no hace falta presentar los informes médicos que ya han sido presentados cuando acudimos en su momento al tribunal médico. 

 

Una vez se presenta esta reclamación previa el INSS tiene un plazo máximo de cuarenta y cinco días para resolver esta reclamación previa y dar respuesta por la cual estiman o desestiman la misma. Si una vez transcurridos estos cuarenta y cinco días el INSS no resuelve expresamente, es decir, se produce silencio administrativo, éste se entiende negativo.

 

En este momento es cuando podemos presentar una demanda ante el juzgado de lo social, para la cual tenemos un plazo idéntico, es decir, treinta días hábiles para presentar la demanda correspondiente. 

 

En este enlace pueden descargarse un modelo de Reclamación Previa ante el INSS

 

 

En Zertera nuestro despacho jurídico le dará asesoramiento legal en todas las cuestiones en materia de derecho laboral.

 
 
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