¿Qué es el Concurso Express?

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El Concurso Express como solución rápida y eficaz.

 

La situación de insolvencia que, presumiblemente, generará muy pronto la crisis del Covid-19 en la pequeña y mediana empresa, demanda una respuesta y solución legal eficaz, actualmente regulada en la Ley Concursal.

 

Dicha Ley establece mecanismos de disolución «exprés» o rápida de sociedades insolventes por causa objetivas, sin que ello suponga una cruz o punto final a la futura iniciativa empresarial de quien puede demostrar haber sido un buen empresario.

 

Cuando la situación es crítica y la empresa ha dejado de pagar a empleados o acreedores y además sabe o prevé que su negocio no tiene futuro, ¿qué puede hacer? Esta figura del Concurso Express está especialmente pensada para estas empresas que no tiene activos o que tiene muy pocos bienes para liquidar, en la que la empresa se extingue de manera casi inmediata:

 

  • En el Concurso Express no se nombra un Administrador Concursal.
  • El juzgado dicta Auto de apertura y conclusión del concurso en la misma resolución.
  • No existe fase o sección de calificación en la que se declare el concurso culpable o fortuito, por lo tanto, el deudor se exime de toda responsabilidad.
  • Al no nombrarse Administrador Concursal el Concurso Express es mucho más económico que un concurso normal de acreedores.
  • Es un proceso mucho más rápido y ágil, aunque siempre dependiendo del juzgado donde se turne el concurso.
  • La conclusión de expedientes judiciales de manera rápida genera un ahorro de costes públicos y privados, descongestionando el sistema judicial.
  • Facilita el reciclaje de dichos empresarios, no estigmatizándoles para el futuro.

Tengamos en cuenta que resulta del todo ineficaz poner en marcha toda la maquinaria judicial de un concurso de acreedores cuando ya sabemos que  no hay bienes que liquidar en la empresa. Es decir, si el objetivo principal de un procedimiento concursal es que cobren los acreedores, al no existir un mínimo de bienes que puedan atender esas deudas, desaparece su finalidad.

 

Al igual que en un concurso ordinario de acreedores, el Concurso Express determina la paralización de ejecuciones, apremios administrativos o tributarios no pudiendo iniciarse nuevas. Del mismo modo, los devengos de intereses quedarían suspendidos, salvo los correspondientes a créditos con garantía real y a los créditos salariales reconocidos.

 

Otro factor importante a tener en cuenta es que la buena fe del empresario es imprescindible para poder optar a esta figura del Concurso Express: no pueden detectarse irregularidades en la empresa que puedan derivar en una acción de reintegración, impugnación o de responsabilidad. Asimismo, es importante acreditar que el administrador de la empresa ha sido diligente en su actividad y que la situación de insolvencia se ha generado por una causa objetiva.

 

En Zertera Abogados y Asesores nuestro despacho jurídico le dará asesoramiento legal en todas las cuestiones en materia de derecho concursal..

 
 
 
 
 
 
 
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