¿Por qué empezar como autónomo y formar una sociedad con el tiempo?

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De Autónomo a Sociedad Limitada.

 

Cuando una persona emprendedora quiere lanzar un proyecto de autoempleo y trabajar por cuenta propia se suele plantear si darse de alta como autónomo o si formar una sociedad.

En este artículo vamos a explicar por qué se aconseja estas dos fases, es decir, por qué es mejor comenzar como trabajador autónomo y, transcurrido un tiempo, constituir una Sociedad Limitada.

Primera Fase: Autónomo

El motivo principal para recomendar comenzar un negocio como autónomo se basa en la sencillez. Para darse de alta como profesional autónomo no es necesario tener un capital inicial, y los trámites de gestión del alta en hacienda y en la seguridad social son muy sencillos.

Además, los autónomos emprendedores pueden acceder a la conocida tarifa plana durante los doce primeros meses y pagar una cuota reducida a la seguridad social de 60 euros mensuales.

Por tanto, el alta como autónomo es un trámite sencillo, ágil y más barato, razones por las cuales se recomienda comenzar como persona física y no como sociedad.

Pero ello no significa que el autónomo no tenga obligaciones y otros aspectos importantes a considerar, como que la responsabilidad del autónomo es ilimitada, es decir, en caso de tener deudas de su negocio o actividad, el autónomo responde con su propio patrimonio personal. No hay diferencia entre negocio y persona, por lo que sus bienes pueden verse afectados por posibles deudas de la actividad que desarrolla. 

Además, los autónomos también deben cumplir con una seria de obligaciones fiscales y pagar sus impuestos de manera periódica. Los más importantes son el IVA y el IRPF

Pues bien, el IRPF es la clave para decidir el momento para dar el salto a constituir una sociedad limitada, ya que si los rendimientos netos son superiores a 20.200 euros anuales, el tipo de IRPF a pagar de un autónomo es el 30%, tipo impositivo superior al tipo general establecido para una sociedad que es el 25%

 
 

Segunda Fase: Constitución de una SL

Una vez que el negocio está más o menos asentado puede ser el momento de plantearse formar una sociedad limitada. Esto requiere una serie de trámites y requisitos, pero que puede compensar en caso de tener unos ingresos superiores a los 20.200 euros. Y es que como hemos dicho, en una Sociedad Limitada el porcentaje general es el 25%. Se trata del impuesto de sociedades y se paga este porcentaje de los beneficios. Es decir, a los ingresos se le restan los gastos y, de ese resultado, se paga el 25%.

Es más, en el caso de las sociedades de nueva creación, se aplica el tipo impositivo reducido del 15% en el primer período impositivo en que su Base Imponible resulte positiva y en el siguiente. Incluso se está barajando la posibilidad que todas las sociedades con una facturación inferior al millón de euros al año tengan un Impuesto de Sociedades del 23%.

Otra de las ventajas importantes al constituir la sociedad, la responsabilidad del empresario es limitada. Es decir, en caso de que la empresa tenga deudas, se responderá, por regla general, con el patrimonio de la empresa, siempre que no haya mala fe por parte de su administrador.

Sí que es cierto que los trámites y gestiones son más complejas y conllevan un gasto inicial. Para poder formar una SL se debe aportar un capital inicial mínimo de 3.000 euros, pero este importe se deposita en una cuenta bancaria de la empresa y ésta puede operar con normalidad con este dinero para su actividad.

Por ello, una vez el negocio está más rodado, lo normal es tener una mayor facturación. Es ahí cuando es recomendable pasar a una segunda fase, como sociedad limitada, para ahorrar en impuestos y tener una responsabilidad limitada, separando el negocio del patrimonio personal del empresario.

En Zertera Abogados y Asesores nuestro despacho le dará asesoramiento fiscal en todas las cuestiones en materia de autónomos y constitución de sociedades.

 
 
 
 
 
 
 
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