¿Cómo reclamar la Plusvalía municipal?

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Plusvalía Municipal

¿Quién la puede reclamar?

Tras la sentencia del Tribunal Constitucional, en la que anula los artículos de la Ley de Haciendas Locales que regulaban cómo calcular la base imponible para el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocida como plusvalía municipal, podremos reclamar la devolución de la plusvalía pagada.

Dicha sentencia anula el método de cálculo de las plusvalías municipales y por ello abre la posibilidad a que se pueda reclamar la devolución de este impuesto.

Pero para ello hay que cumplir ciertos requisitos:

¿Qué personas físicas o jurídicas pueden solicitar la devolución de la plusvalía?

Podrán presentar reclamaciones quienes hayan abonado ese impuesto por la transmisión de bienes de naturaleza urbana, que incluyen viviendas, locales, naves, garajes, etc, no sólo las compraventa, sino también quienes hayan recibido donaciones (a título gratuito) o hayan heredado (sucesiones mortis causa).

Sin embargo, sólo podrán reclamarse los que la hubieran abonado en los últimos cuatro años, es decir, desde octubre de 2017 aproximadamente.

Además, es necesario que esa plusvalía se hubiera pagado mediante autoliquidación, o bien, que se hubiera recurrido cuando el Ayuntamiento correspondiente emitió la liquidación. Si se recibió la liquidación del Ayuntamiento y no se recurrió en el plazo de un mes, es firme y no podrá ser reclamada la devolución. 

¿Qué cantidad del impuesto se puede reclamar? 

Podrán solicitar la devolución de la totalidad de las cantidades abonadas en concepto de plusvalía municipal, ya que no existe método para calcularla.

¿Se pueden pedir intereses de demora? Sí, se pueden pedir intereses de demora desde el momento en que se abonó el impuesto de la plusvalía municipal.

¿Qué documentos hay que entregar para pedir la devolución de la plusvalía municipal? Para presentar la reclamación de cantidad hay que tener localizado el recibo de la autoliquidación del impuesto (se entrega un documento autocopiativo) o bien copia del recurso que se presentó en el caso de que hubiera sido el Ayuntamiento quien giró la liquidación de la plusvalía municipal.

 

 

En Zertera Abogados y Asesores nuestro despacho le dará asesoramiento legal en todas las cuestiones en materia de reclamaciones de la plusvalía municipal.

 
 
 
 
 
 
 
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